ACCIÓN REIVINDICATORIA. NO ES REQUISITO ESENCIAL PARA SU PROCEDENCIA QUE EN LA DEMANDA INICIAL SE PRECISEN LA SUPERFICIE, MEDIDAS Y COLINDANCIAS DEL BIEN QUE PRETENDE REIVINDICARSE.
ACCIÓN REIVINDICATORIA. NO ES REQUISITO ESENCIAL PARA SU PROCEDENCIA QUE EN LA DEMANDA INICIAL SE PRECISEN LA SUPERFICIE, MEDIDAS Y COLINDANCIAS DEL BIEN QUE PRETENDE REIVINDICARSE. México, Coahuila.- Uno de los elementos fundatorios de la acción reivindicatoria es precisamente la identidad del inmueble, entre el descrito por el actor en la demanda, el que se precise en la escritura que sirve de documento basal para la misma, el que se pretende reivindicar, y el que está en posesión el demandado. El hábito de algunos juzgadores, consiste en no tener por justificado este elemento, basándose para tales alcances, en la imprecisión que pudiera desprenderse de las prestaciones en cuanto a medidas y colindancias, y la inspección judicial que se verifique sobre el inmueble. En dónde se advertía que por errores de dedo o matemáticos, y mínimas diferencias entre las medidas y colindancias, se desestimaba la acción, esto a pesar de que el demandado estuviese en posesión de alguna fracción del