COVID-19 y la Interrupción de la justicia. Código Procesal Coahuila. Coahuila.- Con motivo de la pandemia por COVID-19, en México y otros países, se determinó la suspensión de actividades jurisdiccionales, por parte de, entre otros, el Poder Judicial del Estado de Coahuila. Ante tal situación, mediante acuerdo plenario se determinó sumarse a la recomendaciones realizadas para la disminución del riesgo de contagio y que trajo como resultado esa suspensión de actividades, lo que implica, que no correran plazos ni términos, no se llevarán acabo diligencias, salvó aquellas que se consideran de urgencia en tratándose de materia penal, y familiar, para las medidas urgentes. Este periodo de Interrupción, deberá durar hasta el próximo 20 de abril. A todas luces, implica un retraso en la ministración de justicia en el Estado y en el país. Y no solo por el periodo ya establecido, si no por las consecuencias inehrentes a una suspensión de esta naturaleza. Versa el artículo ARTÍCULO
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